Testamento y herencia digital

Armando Adriano Fabre, Modesta Lorena Hernández Sánchez

Resumen


RESUMEN: De acuerdo con los Códigos Civiles -federal y estatales- la regulación del testamento en México se ciñe sobre diversos supuestos en los que de forma oral o escrita y desde diferentes escenarios, el testador puede establecer las condiciones que estime pertinentes para que se disponga de sus bienes y derechos, así como para que se cumplan determinados deberes después de su muerte. Partiendo de esa lógica, la información procedente de cuentas electrónicas de facebook, twitter, instagram, redes de mensajería, blogs, entre otros, también integran los bienes del ciudadano, en razón a que su presencia en la red está conformada con sus datos personales. Lo anterior, pone de manifiesto la necesidad de que la normativa en materia de sucesiones debe transitar hacia un nuevo paradigma que reconozca la regulación de los derechos que deriven del uso de las tecnologías de la información y comunicación como parte de nuestras actividades laborales, académicas, profesionales o recreativas. Tal es el caso de Francia y España, que han demostrado estar a la vanguardia al contemplar en sus legislaciones civiles la regulación del testamento digital, a fin de garantizar la gestión adecuada de las cuentas online de cualquier modalidad, después de la muerte de su titular.


 

ABSTRACT: According to the Civil Codes -federal and state- the regulation of the will in Mexico is limited to various assumptions in which orally or in writing and from different scenarios, the testator can establish the conditions that he deems pertinent so that his assets and rights, as well as for certain duties to be fulfilled after his death. Based on this logic, the information from electronic accounts of Facebook, Twitter, Instagram, messaging networks, blogs, among others, also make up the citizens' assets, because their presence on the network is made up of their personal data. The foregoing highlights the need for the inheritance regulations to move towards a new paradigm that recognizes the regulation of the rights that derive from the use of information and communication technologies as part of our work, academic activities, professional or recreational. Such is the case of France and Spain, which have proven to be at the forefront by contemplating in their civil laws, the regulation of the digital will.

Keywords: Will, digital identity, successions, pandemic, information technology, notary, testator.


Palabras clave


Testamento; identidad digital; sucesiones; pandemia; tecnologías de la información; notario; testador.

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DOI: https://doi.org/10.25009/ej.v0i04.2574

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